Por memorial presentado el 3 de abril de 2017, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 584/2017-RA
Sucre, 10 de agosto de 2017
Expediente: Santa Cruz 75/2017
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Robert Fernando Ribera Camacho
Delitos: Peculado y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 3 de abril de 2017, cursante de fs. 735 a 739 vta., Deivit Castro Aguilera en representación de la Universidad Autónoma Gabriel Rene Moreno, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 26 de 04 de marzo de 2016, de fs. 692 a 695 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la parte recurrente contra Robert Fernando Ribera Camacho, por la presunta comisión de los delitos de Peculado, Malversación, Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 142, 144, 198, 199 y 203 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 584/2017-RA
Sucre, 10 de agosto de 2017
Expediente: Santa Cruz 75/2017
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Robert Fernando Ribera Camacho
Delitos: Peculado y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 3 de abril de 2017, cursante de fs. 735 a 739 vta., Deivit Castro Aguilera en representación de la Universidad Autónoma Gabriel Rene Moreno, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 26 de 04 de marzo de 2016, de fs. 692 a 695 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la parte recurrente contra Robert Fernando Ribera Camacho, por la presunta comisión de los delitos de Peculado, Malversación, Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 142, 144, 198, 199 y 203 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 3 de abril de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)Refiere que el Tribunal de apelación no habría resuelto de manera fundamentada y con argumentos
- incurriendo en contradicción con la doctrina legal sentada por los Autos Supremos 175 de 15
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- defensa; y, d) Las disposiciones relativas a la nulidad de actos procesales previstas por el
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, se advierte que en el
- En el segundo motivo de casación, la parte recurrente alega de manera general e imprecisa,
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
