Al respecto, si bien es evidente que la recurrente invoca como precedente contradictorio el Auto
Al respecto, si bien es evidente que la recurrente invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 55/2014 de 24 de febrero; sin embargo, verificado el mismo en la base de datos de este Tribunal, se tiene que la referida resolución declaró Infundado el recurso de casación, consiguientemente no contiene doctrina legal aplicable que permita efectuar la labor de contraste impetrada, a ello se suma que en la fundamentación del agravio no se precisa cuales los argumentos contrarios del Tribunal de alzada que pretende sean considerados por este Tribunal casación incumpliéndose el requisito de admisibilidad previsto en la parte final del art. 417 del CPP, deviniendo el presente motivo en inadmisible
- Por memorial presentado el 16 de mayo del 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Por diligencia de 8 de mayo de 2017 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- norma con diverso alcance; pues debe tenerse presente, que en el actual régimen de recursos
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 8 de mayo de 2017, fue
- En atención a los demás requisitos de admisibilidad se tiene en cuanto al primer agravió,
- Previo a ingresar a su análisis, corresponde señalar que la labor de este Tribunal Supremo
- Al respecto, si bien es evidente que la recurrente invoca como precedente contradictorio el Auto
- es equivocada ya que su persona nunca pretendió se revalorice prueba, sino que conforme el
- Al respecto, se tiene que la recurrente cumple con la previsión de los arts
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
