Con relación al reclamo en apelación restringida de falta de fundamentación de la Sentencia, señala
Con relación al reclamo en apelación restringida de falta de fundamentación de la Sentencia, señala que el Tribunal de alzada vulnera la garantía de presunción de inocencia consagrada en el art. 116 de la Constitución Política del Estado (CPE), así como lo dispuesto en los arts. 6 y 363 del CPP, pues el razonamiento para condenar debe ser el de certeza o suficiente convicción en el juzgador sobre las pruebas aportadas en juicio, y en el presente caso no se demostró con prueba idónea la existencia del daño económico o patrimonial; sin embargo, el Tribunal de alzada llegó al extremo de argüir otros elementos (al señalar diferentes ofertas en mejor precio y calidad de productos) sin establecer a qué elementos probatorios se refiere
- Por memorial presentado el 5 de mayo de 2017, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se advierte lo siguiente
- Refiere que el argumento utilizado por el Tribunal de alzada, sobre que no se tiene
- alguien por la comisión del delito de Conducta Antieconómica, cuando no se tiene demostrado precisamente
- Con relación al reclamo en apelación restringida de falta de fundamentación de la Sentencia, señala
- Reitera su reclamo contra la Sentencia al haber concluido que existió daño económico pese a
- Finalmente en un otrosí cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 207 de 28 de
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- aquellos casos en los que se denuncie la existencia de graves y evidentes infracciones a
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- No obstante de ello, se advierte que la recurrente denuncia la violación de derechos y
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
