Auto Supremo AS/0601/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0601/2017-RA

Fecha: 18-Ago-2017

Al respecto se tiene el cumplimiento de lo previsto en los arts


Al respecto se tiene el cumplimiento de lo previsto en los arts. 416 y 417 del CPP, pues el recurrente cumple con precisar cual la contradicción que se pretende sea resuelta en el fondo, es decir, la falta control de parte del Tribunal de alzada a la errónea subsunción de los hechos acusados a los delitos condenados, invocando al efecto los precedentes contradictorios e identificando la parte en la que el Auto de Vista impugnado los contradice, correspondiendo disponer su admisión