A título de improcedencia y falta de fundamentación del Auto de Vista sobre exclusión probatoria,
A título de improcedencia y falta de fundamentación del Auto de Vista sobre exclusión probatoria, afirma que dicha Resolución describe una simple y llana relación de actos procesales suscitados en todo el transcurso del juicio, demostrando una clara carencia de fundamentación legal. Asevera, que la autoridad jurisdiccional de primer grado, actuó en estricto apego a las normas penales y constitucionales, denotando una correcta aplicación del art. 172 del CPP, cuando presentó exclusión probatoria de las pruebas de contrario, considerando que las mismas no cumplieron con las disposiciones legales en vigencia y contravinieron los arts. 282 y 333 del CPP, efectuando luego una descripción de los argumentos de su apelación restringida
- Por memoriales presentados el 16 de mayo de 2017, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, María Teresa Gutiérrez Orellana y Justiniano Choque Choqueticlla, a su turno,
- c)Por diligencias de 9 de mayo de 2017 (fs
- II.1.Del recurso de casación de María Teresa Gutiérrez Orellana
- La recurrente cuestiona que el Auto de Vista recurrido, en cuanto a su apelación con
- II.2.Del recurso de casación Justiniano Choque Choqueticlla
- A título de improcedencia y falta de fundamentación del Auto de Vista sobre exclusión probatoria,
- El art
- pues debe tenerse presente, que en el actual régimen de recursos establecido por el Código
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- De la revisión de antecedentes, se tiene que los recurrentes fueron notificados con el Auto
- En relación a los recursos de casación de María Teresa Gutiérrez Orellana y Justiniano Choque
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
