Auto Supremo AS/0863/2017-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0863/2017-RI

Fecha: 21-Ago-2017

En ese antecedente, si bien de obrados se conoce que la presente causa se ha

En ese antecedente, si bien de obrados se conoce que la presente causa se ha iniciado dentro la vigencia del Código de Familia (Ley Nº 996), empero la Sentencia de primera instancia fue pronunciada en 10 de marzo de 2017 y el Auto de Vista fue dictado en junio de 2017, es decir, dentro la vigencia plena del Código las Familias y del Proceso Familiar (Ley Nº 603), proceso que tiene como pretensión principal la comprobación de unión conyugal libre, que conforme a lo previsto en la Ley Nº 603 Código de las Familias y del Proceso Familiar en su Capitulo Segundo referente a los procesos extraordinarios, art. 434 inc. e). La presente causa se encuentra catalogado como proceso extraordinario y aplicable la disposición contenida en el art. 444 del mismo cuerpo legal, por lo que esta norma y la orientación que se tiene de la doctrina III.1, no permite que los fallos emitidos en procesos catalogados como extraordinarios puedan ser impugnados con recurso de casación