- Distrito: Santa Cruz
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En cuanto a los vicios de nulidad que se acusan, resulta aplicable la disposición contenida
- Resolución contra la cual, Héctor Guevara interpuso recurso de casación de fs
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Acusa que no se hubo anulado las diligencias de notificación de fs
- Expresa que el Tribunal de alzada no tomó en cuenta los documentos acompañados a la
- Señala que la secretaria labro una acta alejada de la realidad, que es observada y
- Menciona que las pruebas de cargo evidencian la existencia de mejoras introducidas realizadas por su
- III. DOCTRINA LEGAL APLICABLE
- Estos presupuestos legales, han sido establecidos en desarrollo de la garantía constitucional que desprende el
- Por lo manifestado, es indiscutible resaltar y reiterar que la nulidad procesal es una medida
- En ese sentido en el régimen de nulidades procesales, impuesta en la nueva normativa jurisdiccional,
- El Principio de Trascendencia y el Principio de finalidad del acto procesal, sitúan su lugar
- El Principio de Protección tiene como fundamento la protección del acto, y en ello proteger
- El fundamento del Principio de Convalidación es que una persona que es parte del proceso
- Asimismo el Principio de conservación que implica la conservación de los actos procesales, la cual
- III.2 Per saltum
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En principio de obrados se denota que lo ahora reclamado en los términos acusados, no
- Expresa que la demanda de usucapión posteriormente modificada de fs
- Lo acusado a simple vista resulta ambiguo debido a que simplemente expresa que no se
- Acusa que no se habría anulado las diligencias de notificación de fs
- Estando vinculado su reclamo a una observación procesal que tiene por fin la nulidad de
- Señala que la secretaria labro un acta alejada de la realidad, la cual previa observación,
- Por los fundamentos expuestos corresponde emitir Resolución conforme determina el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
