Auto Supremo AS/0908/2017-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0908/2017-RI

Fecha: 29-Ago-2017

II.1.- Del plazo de presentación y de la resolución recurrible

II. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN:
Conforme a lo previsto en el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales y ante la vigencia del Código Procesal Civil (Ley Nº 439), en cuya disposición transitoria sexta señala que a la vigencia plena de la mencionada ley se aplicarán lo dispuesto en la referida Ley Nº 439, conforme determina el art. 277 del Código Procesal Civil, se pasa a considerar los requisitos de admisibilidad previstos en el art. 274 de la mencionada norma procesal, conforme a lo siguientes puntos:
II.1.- Del plazo de presentación y de la resolución recurrible:
II.1.- Emitido el Auto de Vista Nº 121/2017 de 14 de julio, cursante de fs. 652 a 654 y vta., se notificó a Y.CH.Q., (Adolescente Infractor), en fecha 19 de julio de 2017 (fs. 657) habiendo presentado el recurso en fecha 26 de julio del año en curso, esto dentro del plazo establecido por el art. 284 del Código del Niño, Niña y Adolescente (Ley Nº 2026 - vigente al inicio del proceso), recurso en el cual también se advierte que el recurrente identifica la Resolución impugnada; asimismo corresponde señalar que luego de la emisión de la Sentencia impugnó dicha Resolución de primera instancia, y ante la emisión del Auto de Vista que confirmó la Sentencia apelada; recurre de casación, que resulta ser permisible, conforme al sistema de impugnación vertical