Auto Supremo AS/0934/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0934/2017

Fecha: 29-Ago-2017

En este entendido, era deber del Ad quem emitir criterio resolviendo el conflicto en función

En este entendido, era deber del Ad quem emitir criterio resolviendo el conflicto en función a los agravios contenidos en el recursos de apelación conforme al art. 265.I del Código Procesal Civil, y no escudarse en la incongruencia detallada supra cuando dicho aspecto no fue reclamado por las partes. En ese entendido el Tribunal de Alzada debió pronunciarse sobre los agravios de apelación y establecer si los agravios expuestos por la apelante son o no evidentes y resolver en el fondo para revocar la Sentencia recurrida o en definitiva confirmar la misma. En tal entendido, la incongruencia no acusada por las partes no puede servir de fundamento para no pronunciarse respectos los agravios reclamados por los apelantes, ya que actualmente se ha superado aquella concepción del excesivo formalismo. En consecuencia en función a los fundamentos expuestos supra, los argumentos esgrimidos en el memorial de respuesta tampoco resultan evidentes