Auto Supremo AS/0938/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0938/2017

Fecha: 29-Ago-2017

Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala los arts

En cuanto a que si el Tribunal de Alzada no quería aplicar el principio de verdad material y iura novit curia debió haber revocado parcialmente la sentencia en razón a que una de las codemandadas aceptó plenamente que el contrato no implico una venta real; corresponde remitirnos a lo señalado en los puntos anteriores, en lo referente a la improcedencia de la acción de nulidad en el caso presente, por lo que tampoco podría determinarse una nulidad parcial del contrato en cuestión.
Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala los arts. 220.II del Código procesal Civil