Auto Supremo AS/0938/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0938/2017

Fecha: 29-Ago-2017

Por otra parte, en cuanto a que no sería pertinente que el Auto de Vista

Por otra parte, en cuanto a que no sería pertinente que el Auto de Vista se sustente en criterios formales conforme lo habría establecido la SC Nº 1145/2015-S3 en relación al derecho a la impugnación; corresponde precisar que el análisis del Tribunal de Alzada no se basa en criterios formales como acusa a parte recurrente, sino que realiza una análisis de los hechos acusados en relación a la pretensión de nulidad, para responder a los reclamos efectuados en apelación por el ahora recurrente; criterio emitido por el Tribunal de Alzada que resulta de fondo respecto a la improcedencia de la nulidad por que el contrato fuera ficto y por tanto no existiría el pago del precio que se asemejaría a una simulación; no siendo evidente que la Resolución de Alzada se haya basado solo en formalismos, razón por la que tampoco resulta aplicable la SC Nº 1145/2015-S3