Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0944/2017
Fecha: 29-Ago-2017
Distrito: La Paz
Distrito: La Paz
-
Proceso: Cumplimiento de contrato
-
Distrito: La Paz
-
VISTOS: El recurso de casación de fs
-
De las denuncias expuestas por la parte recurrente, se extrae en calidad de resumen las
-
II
-
La parte recurrida refiere que el Auto de Vista y Auto complementario, cumple a cabalidad
-
Si bien anteriormente el régimen de la nulidad de obrados, se encontraba orientado a un
-
Estos presupuestos legales, han sido establecidos en desarrollo de la garantía constitucional que desprende el
-
Por lo manifestado, es indiscutible resaltar y reiterar que la nulidad procesal es una medida
-
En ese sentido en el régimen de nulidades procesales, impuesta en la nueva normativa jurisdiccional,
-
El Principio de Trascendencia y el Principio de finalidad del acto procesal, sitúan su lugar
-
El Principio de Protección tiene como fundamento la protección del acto, y en ello proteger
-
El fundamento del Principio de Convalidación es que una persona que es parte del proceso
-
Asimismo el Principio de conservación que implica la conservación de los actos procesales, la cual
-
Criterio ya sustentado en el A
-
En el Auto Supremo Nº 1115/2015 de 04 de diciembre, reiterando la línea jurisprudencial asumida
-
Respecto a lo anterior, el art
-
En relación a lo anterior, corresponde especificar que la uniforme línea Jurisprudencial asumida por éste
-
IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
-
De lo analizado precedentemente se puede concluir que la parte recurrente confunde el error “in
-
IV
-
Al respecto, corresponde referir que la uniforme línea jurisprudencial asumida por este Tribunal ha concretado
-
Ahora bien, de la revisión de obrados se conoce que un vez que el Ad
-
Posteriormente, al haber interpuesto recurso de apelación la parte demandante, el Ad quem emitió el
-
De la relación precedentemente efectuada, se infiere que los Tribunales de instancia, en el marco
-
Por otro lado, respecto a la línea jurisprudencial que invoca la parte recurrente, corresponde señalar
-
En ese antecedente, al tratarse el contrato de uno bilateral y sinalagmático y para evidenciar
-
Sobre esta denuncia, se debe referir que la misma resulta siendo genérica y abstracta, porque
-
Respecto a estas denuncias que resultan siendo reiterativas de su acusación de que su persona
-
IV.2.5.- Respecto a la línea jurisprudencial que señala para sustentar el recurso de casación
-
Corresponde señalar, que la misma hace referencia a los requisitos del recurso de casación y
-
Regístrese, comuníquese y devuélvase
-
Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
Otros enlaces de interés: