Auto Supremo AS/0091/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0091/2017

Fecha: 14-Sep-2017

En ese contexto, ambos jueces reconocen que son competentes para resolver procesos coactivos sociales, sin

En ese contexto, ambos jueces reconocen que son competentes para resolver procesos coactivos sociales, sin embargo en la especie la discordia radica en razón del territorio. Por esta circunstancia, la juez de La Paz, asume que no tiene competencia para conocer la demanda debido a que la parte demandada tiene su domicilio en la ciudad de Cochabamba y conforme al art. 42 del Código Adjetivo Laboral no se abriría su jurisdicción