En conocimiento del señalado Auto de Vista, la empresa demandada formula Recurso de Casación a
I.2. Motivos de los Recursos de Casación
En conocimiento del señalado Auto de Vista, la empresa demandada formula Recurso de Casación a través de su representante legal Jaime Pascual Mamani Chambi, de fs. 614 a 615, señalando lo siguiente:
Alega que, el cese en las funciones de la actora se debió a un cumplimiento de contrato, no hubo despido directo o indirecto, ni un retiro voluntario; y, en este tipo de contratos la Ley dispondría así como el contrato, cual será el momento exacto de la culminación de la relación laboral, a la conclusión del contrato o en este caso en el momento de la terminación de la obra y/o de los trabajas específicos. Y si bien se permite el pago de la multa por retraso de pago de beneficios sociales, en casos de retiro voluntario (Resolución Ministerial (RM) 477 de 8 de julio de 2009), no se podría entender a dicha figura cual si fuera un cumplimiento de un contrato, como si ambas fueran una misma cosa, por lo que, al haber cesado sus funciones la demandante por cumplimiento de contrato, y no así por despido o por retiro voluntario no correspondería el pago de la multa del 30%, además de que esta situación afectaría a los intereses de la empresa
- VISTOS: El Recurso de Casación interpuesto por la Empresa constructora J&M, representada legalmente por Jaime
- En conocimiento de esta determinación la empresa constructora J&M, a través de Jaime Pascual Mamani
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, la empresa demandada formula Recurso de Casación a
- Señala que, mientras no exista una Sentencia ejecutoriada, es imposible saber cuál es el monto
- II
- III
- En mérito a lo expuesto y considerado precedentemente, no encontrándose fundados los argumentos del Recurso
- La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.-
