Auto Supremo AS/0265/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0265/2017

Fecha: 30-Sep-2017

VISTOS: El Recurso de Casación interpuesto por la Empresa constructora J&M, representada legalmente por Jaime

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 265
Sucre, 30 de septiembre de 2017

Expediente : 399/2016
Demandante: Carola Wende Rodríguez Paz
Demandado: Empresa constructora J&M
Materia : Beneficios Sociales
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia

VISTOS: El Recurso de Casación interpuesto por la Empresa constructora J&M, representada legalmente por Jaime Pascual Mamani Chambi, de fs. 614 a 615, contra el Auto de Vista N° 66/16 de 12 de mayo, que cursa de fs. 610 a 611, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; dentro del proceso de pago de beneficios sociales interpuesto por Carola Wende Rodríguez Paz contra la empresa recurrente; la respuesta al recurso por parte de la actora (fs. 618 a 619); el Auto Nº 336/2016 de 7 de septiembre, que concedió el recurso (fs. 619); el Auto Supremo Nº 352-A de 20 de octubre de 2016, que declara admisible el recurso (fs. 626); los antecedentes procesales; y:

CONSIDERANDO I:
I.1. Antecedentes del proceso
I.1.1. Sentencia
Planteada la demanda social de pago de beneficios sociales, y tramitado el proceso, el Juez Séptimo del Trabajo y Seguridad Social del departamento de La Paz, pronunció la Sentencia Nº 152/2015 de 13 de julio, de fs. 571 a 579, donde declara probada en parte la demanda de fs. 161 a 163, subsanada a fs. 165; disponiendo que la empresa demandada cancele a favor de la actora, la suma de Bs.75.611,57. (setenta y cinco mil seiscientos once 57/100 bolivianos), por concepto de beneficios sociales adeudados, incluida la multa del 30%; monto que en ejecución de fallos deberá ser actualizado en UFV’s, conforme lo determina el art.9-II del DS 28699 de 1 de mayo de 2006