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También indica el recurrente, -observando al Tribunal de apelación-, que hicieron referencia a la Ley de protección a las víctimas de delitos contra la libertad sexual, cuando existe el principio de jerarquía normativa que establece la primacía de la Constitución Política del Estado, haciendo alusión al “art. 410 – II N.C.P.E.” que proclama el debido proceso, además de hacer referencia a los arts. 115-II, 117-I y 180-I, sin especificar el cuerpo legal al que pertenecen.
Como doctrina legal aplicable sobre el debido proceso hace mención a los Autos Supremos 160 de 2 de febrero de 2007 (respecto a que la apelación restringida tiene como función garantizar el debido proceso); 122 de 24 de abril de 2006 (en relación a que las autoridades judiciales tienen la obligación de garantizar el debido proceso); 373 de 6 de septiembre de 2006 (respecto a que los defectos absolutos deben corregirse de oficio por el Tribunal de alzada); 345/2015-RRC de 3 de junio (respecto al debido proceso).
III.REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre
Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP
- Por memorial presentado el 14 de junio de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación, se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Jorge Luis Sandoval López interpuso recurso de apelación restringida
- c)Por diligencias de 7 de junio de 2017 (fs
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- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Al respecto, el parágrafo III
- Ahora bien, las falencias advertidas en la formulación del recurso no pueden ser suplidas de
- de precedentes contradictorios entre la resolución judicial impugnada con otros precedentes; y que el ahora
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
