La recurrente alega que el Auto de Vista impugnado, de manera contradictoria y en
La recurrente alega que el Auto de Vista impugnado, de manera contradictoria y en evidente aplicación indebida de la ley cita el art. 203 del CP, referido al Uso de Instrumento Falsificado, sin advertir que aún no existe Sentencia firme sobre la Falsedad del documento que se acusa, arguyendo que nadie puede ser condenado sin previo juicio, que en el presente caso se anuló la Sentencia parcialmente y se encuentra pendiente el proceso, para determinar la Falsedad del Documento Privado, al no haberse demostrado que el documento sea falso, tampoco podría existir el uso de instrumento falsificado, ya que no se demostró la falsedad en Sentencia firme y ejecutoriada, errónea interpretación y aplicación de la ley que vulnera su derecho a la defensa en conformidad a las Sentencias Constitucionales 1756/2011-R de 7 de noviembre, que cita a su vez la 0887/2010-R de 10 de agosto, acusando que el Auto de Vista es contradictorio, contando con una indebida aplicación de la ley y falta de valoración de la prueba
- Por memoriales presentados el 6 y 12 de junio de 2017, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- pueden aportar mayores elementos de prueba; por lo que la parte resolutiva del fallo impugnado
- II.2.Del recurso de casación de la acusada Martha Beatriz Illanes Virgo
- La recurrente alega que el Auto de Vista impugnado, de manera contradictoria y en
- El art
- Dentro de ese mismo contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- entre otros, los derechos al debido proceso y a la defensa; y, d) Las disposiciones
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- De la revisión de antecedentes, se tiene que las recurrentes cumplieron con el primer requisito
- IV.1. Del recurso de casación de Elizabeth Leyton Rodríguez
- En el cual denuncia esencialmente que el Auto de Vista impugnado, es incongruente al confirmar
- Sobre este reclamo se establece que la recurrente se ha limitado a la simple cita
- Los Autos Supremos 055/2014-RRC de 24 de febrero y 255/2015-RRC de 10 de abril, carecen
- Con referencia a las Sentencias Constitucionales 1521/2011-R de 11 de octubre, 2336/2012 de 16 de
- IV.2. Del recurso de casación de la acusada Martha Beatriz Illanes Virgo
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
