Auto Supremo AS/0743/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0743/2017-RA

Fecha: 25-Sep-2017

Argumentan, que el Tribunal ad quem vulneró el art


Argumentan, que el Tribunal ad quem vulneró el art. 124 del CPP, haciendo referencia a la debida motivación y fundamentación, indicando que no fue sustentada “en base a la verdad material” (sic), no realiza la enunciación de los hechos y mucho menos establece la inexistencia de los elementos del tipo penal y causas eximentes de responsabilidad, porque existe un hecho, el imputado se encontraba presente en el lugar de los hechos, existe un bien jurídico que fue lesionando, la víctima, los medios probatorios, faltando una justa resolución; en consecuencia, no tomó cuenta el art. 20 del CP “de acuerdo a la interpretación del pliego acusatorio” (sic), lo que alega constituye una ausencia de pronunciamiento sobre la anulación de la Sentencia y de la sana crítica. Refieren que el fallo es contrario al Auto Supremo 444 de 15 de octubre de 2005, que según los recurrentes “posee relación con el deber de fundamentación” (sic). Asimismo hace alusión al Auto Supremo 221 de 7 de junio de 2006, que haría referencia al deber de subsunción, aspecto que no existe en el Auto de Vista ahora impugnado, demostrando falta de seriedad en el análisis contextual y jurídico velando el debido proceso, por lo que existe defecto en el Auto de Vista de acuerdo al art. 169.3) del CPP