A efectos de que el Tribunal de casación asuma una decisión anulatoria de obrados en
Es así que, cuando se plantea recurso de casación en el fondo lo que se pretende es que el Tribunal case el Auto de Vista impugnado en base a la correcta aplicación o interpretación de la norma sustantiva y resuelva el fondo del litigio; en cambio, cuando se plantea el recurso de nulidad o casación en la forma, lo que se pretende es la nulidad de obrados para la correcta aplicación de las normas procesales resguardando la garantía del debido proceso.”
Cuando el Ad quem no ingresó a considerar el recurso de apelación falta de agravios
A efectos de que el Tribunal de casación asuma una decisión anulatoria de obrados en caso de no haberse pronunciado por parte del Ad quem respecto a los agravios que se formulan en recurso de apelación, -de existir ellos-, señalando que no hubo expresión de agravios, le corresponde al impugnante demostrar que en su recurso de Alzada si hubo consignado la expresión de agravios y la trascendencia de los mismos, ante la no evidencia de ese aspecto en el recurso de casación, el recurso resulta infundado
Cuando el Ad quem no ingresó a considerar el recurso de apelación falta de agravios
A efectos de que el Tribunal de casación asuma una decisión anulatoria de obrados en caso de no haberse pronunciado por parte del Ad quem respecto a los agravios que se formulan en recurso de apelación, -de existir ellos-, señalando que no hubo expresión de agravios, le corresponde al impugnante demostrar que en su recurso de Alzada si hubo consignado la expresión de agravios y la trascendencia de los mismos, ante la no evidencia de ese aspecto en el recurso de casación, el recurso resulta infundado
- Partes: Gobierno Municipal de Santa Cruz c/ Cooperativa Educacional España
- Proceso: Nulidad de documento, reivindicación y otros
- Distrito: Santa Cruz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Resolución de primera instancia que al ser apelada por la parte demandada, fue resuelto por
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- En consideración a los requisitos en análisis, corresponde hacer referencia al recurso interpuesto
- Asimismo después de hacer referencia a los antecedentes del proceso señala que, el Auto de
- A su vez, el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz a través de su representante
- III. DOCTRINA LEGAL
- La exigencia descrita precedentemente obedece, a la tesis de que el recurso de casación es
- Al respecto, el Autor nacional Gonzalo Castellanos Trigo en su obra “Análisis Doctrinal y Jurisprudencial
- Es deber del recurrente citar en términos claros, concretos y precisos, la ley o leyes
- Sobre la aplicación del art. 265.I del Código Procesal civil
- De la oportunidad de formular los agravios en la apelación
- Respecto al fin que persigue tanto el recurso de casación en el fondo y en
- El error material se presenta cuando en la decisión jurisdiccional de fondo se afecta a
- A efectos de que el Tribunal de casación asuma una decisión anulatoria de obrados en
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Lo anotado, demuestra la importancia que tiene el cumplimiento de los requisitos previstos en el
- Por otra, se tiene que el Auto de Vista sostuvo que los recursos de apelación
- Bajo esa conclusión, le correspondía a la entidad recurrente cuestionar el decisorio del Ad quem,
- Con lo analizado, se arriba a la conclusión que el recurso planteado tiene carencias que
- Por lo que se deduce que la institución recurrente no ha cumplido con el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
