Resolución de primera instancia que al ser apelada por la parte demandada, fue resuelto por
Resolución de primera instancia que al ser apelada por la parte demandada, fue resuelto por Auto de Vista No. 72/2017 de 11 de mayo, cursante de fs. 182 a 184, que declaró inadmisible los recursos de apelación de fs. 158 a 160 y de fs. 163 a 165 contra la Sentencia de fs. 147 a 148, con el argumento que la Cooperativa Educacional España en sus recursos de apelación de fs. 158 a 160 y de fs. 163 a 165 no habría fundamentado de manera congruente el o los agravios que dice le originaría la Sentencia apelada, al contario habría realizado una exposición ampulosa de antecedentes procesales que cursan en el expediente, ingresando a cuestionar aspectos que no habría sido objeto de fundamentación en la citada Sentencia como exigiría los arts. 256 y 265 p. I) del Código Procesal Civil; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por la Cooperativa Educacional España a través de su representante Mario Rojas Rojas, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
- Partes: Gobierno Municipal de Santa Cruz c/ Cooperativa Educacional España
- Proceso: Nulidad de documento, reivindicación y otros
- Distrito: Santa Cruz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Resolución de primera instancia que al ser apelada por la parte demandada, fue resuelto por
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- En consideración a los requisitos en análisis, corresponde hacer referencia al recurso interpuesto
- Asimismo después de hacer referencia a los antecedentes del proceso señala que, el Auto de
- A su vez, el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz a través de su representante
- III. DOCTRINA LEGAL
- La exigencia descrita precedentemente obedece, a la tesis de que el recurso de casación es
- Al respecto, el Autor nacional Gonzalo Castellanos Trigo en su obra “Análisis Doctrinal y Jurisprudencial
- Es deber del recurrente citar en términos claros, concretos y precisos, la ley o leyes
- Sobre la aplicación del art. 265.I del Código Procesal civil
- De la oportunidad de formular los agravios en la apelación
- Respecto al fin que persigue tanto el recurso de casación en el fondo y en
- El error material se presenta cuando en la decisión jurisdiccional de fondo se afecta a
- A efectos de que el Tribunal de casación asuma una decisión anulatoria de obrados en
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Lo anotado, demuestra la importancia que tiene el cumplimiento de los requisitos previstos en el
- Por otra, se tiene que el Auto de Vista sostuvo que los recursos de apelación
- Bajo esa conclusión, le correspondía a la entidad recurrente cuestionar el decisorio del Ad quem,
- Con lo analizado, se arriba a la conclusión que el recurso planteado tiene carencias que
- Por lo que se deduce que la institución recurrente no ha cumplido con el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
