III. DOCTRINA LEGAL
III. DOCTRINA LEGAL:
Corresponde señalar que el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil, exige que el recurrente debe cumplir en expresar con claridad y precisión la norma acusada de infringida, vulnerada o aplicada erróneamente especificar en qué consiste la infracción vulneración o falsedad o error
- Partes: Gobierno Municipal de Santa Cruz c/ Cooperativa Educacional España
- Proceso: Nulidad de documento, reivindicación y otros
- Distrito: Santa Cruz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Resolución de primera instancia que al ser apelada por la parte demandada, fue resuelto por
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- En consideración a los requisitos en análisis, corresponde hacer referencia al recurso interpuesto
- Asimismo después de hacer referencia a los antecedentes del proceso señala que, el Auto de
- A su vez, el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz a través de su representante
- III. DOCTRINA LEGAL
- La exigencia descrita precedentemente obedece, a la tesis de que el recurso de casación es
- Al respecto, el Autor nacional Gonzalo Castellanos Trigo en su obra “Análisis Doctrinal y Jurisprudencial
- Es deber del recurrente citar en términos claros, concretos y precisos, la ley o leyes
- Sobre la aplicación del art. 265.I del Código Procesal civil
- De la oportunidad de formular los agravios en la apelación
- Respecto al fin que persigue tanto el recurso de casación en el fondo y en
- El error material se presenta cuando en la decisión jurisdiccional de fondo se afecta a
- A efectos de que el Tribunal de casación asuma una decisión anulatoria de obrados en
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Lo anotado, demuestra la importancia que tiene el cumplimiento de los requisitos previstos en el
- Por otra, se tiene que el Auto de Vista sostuvo que los recursos de apelación
- Bajo esa conclusión, le correspondía a la entidad recurrente cuestionar el decisorio del Ad quem,
- Con lo analizado, se arriba a la conclusión que el recurso planteado tiene carencias que
- Por lo que se deduce que la institución recurrente no ha cumplido con el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
