I. ANTECEDENTES DEL TESTIMONIO DE COMPULSA
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El Recurso de Compulsa de fojas 15 a 18 vta., interpuesto por Weimar Reyes Yokichi, contra el Auto de fecha 31 de agosto de 2017 cursante a fs. 11 del testimonio, pronunciado por Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso ordinario usucapión seguido por Elizabeth Kaiser Landivar y Elizabeth Reyes Kaiser contra Weimar Reyes Yokichi, los antecedentes del testimonio, y:
I. ANTECEDENTES DEL TESTIMONIO DE COMPULSA:
Que el Juez 7mo Público Civil y Comercial de Santa Cruz, por Auto de fecha 6 de junio de 2016, el Juez de la causa a petición de parte declara la ejecutoria de la Sentencia
VISTOS: El Recurso de Compulsa de fojas 15 a 18 vta., interpuesto por Weimar Reyes Yokichi, contra el Auto de fecha 31 de agosto de 2017 cursante a fs. 11 del testimonio, pronunciado por Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso ordinario usucapión seguido por Elizabeth Kaiser Landivar y Elizabeth Reyes Kaiser contra Weimar Reyes Yokichi, los antecedentes del testimonio, y:
I. ANTECEDENTES DEL TESTIMONIO DE COMPULSA:
Que el Juez 7mo Público Civil y Comercial de Santa Cruz, por Auto de fecha 6 de junio de 2016, el Juez de la causa a petición de parte declara la ejecutoria de la Sentencia
- Partes: Weimar Reyes Yokichi
- I. ANTECEDENTES DEL TESTIMONIO DE COMPULSA
- Que por Auto de Vista de fecha 26 de julio de 2017 cursante de fs
- Contra la referida Resolución Weimar Reyes Yokichi interpuso recurso de casación de fs
- Del contenido de su recurso de compulsa este hace mención a diversas Sentencias Constitucionales y
- Solicitando en definitiva declarar legal el recuso de compulsa y conceder el recurso de casación
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Partiendo de dicho argumento, se debe entender que cuando el Legislador ha establecido la procedencia
- Y a los efectos de tener un entendimiento certero se debe aclarar que se entiende
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En principio corresponde referir de acuerdo a lo glosado en el punto III
- En principio con carácter previo es necesario tomar en cuenta que la presente causa, tiene
- Partiendo de lo señalado en lo que concierne a la viabilidad del Recurso de Casación
- De conformidad al art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
