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    Auto Supremo AS/0998/2017
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0998/2017

    Fecha: 25-Sep-2017

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Partes: Arcelio Gonzales Heredia. c/ Freddy Olivera Orellana
    • Proceso: Mejor derecho de propiedad
    • Distrito: Santa Cruz
    • I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Apelada la Resolución de primera instancia se pronuncia el Auto de Vista de fs
    • Mediante Auto de 23 de septiembre de 2016 que cursa a fs
    • II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • Asimismo acusa que el Tribunal de apelación ha vulnerado el art
    • Acusa que el Auto de Vista ha vulnerado el art
    • Asimismo refiere que no se ha cumplido el plazo de los 20 días para la
    • En el fondo
    • Refiere que no se ha cumplido con el art
    • Por lo expuesto solicita anular el Auto de Vista o en su defecto revocar el
    • De la contestación al recurso de fs
    • En forma similar señalan que el Juez Segundo de Partido actuó únicamente para dictar Sentencia,
    • Solicitando que el recurso de casación sea rechazado
    • III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
    • Corresponde citar la Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 1089/2015-S3 de 5 de noviembre, en el que
    • El Diccionario Enciclopédico de Cabanellas, al hablar de la notificación, se refiere a "…la diligencia
    • Así, el fundamento de la notificación judicial es asegurar la efectiva vigencia del principio de
    • Cuando la parte a quien deba notificarse concurriere al juzgado, será notificada por la o
    • Por principio, las actuaciones judiciales, en todos los grados, serán inmediatamente notificadas a las partes
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • No puede entenderse que en sujeción al informe de fs
    • En cuanto a la cita de las disposiciones contendidas en los arts
    • 2
    • 3
    • 4
    • Corresponde señalar que de acuerdo a la Disposición Transitoria Sexta de la Ley Nº 439,
    • 5
    • 6
    • Sobre la contestación al recurso
    • Sobre el argumento de que el recurrente quiso salvar su negligencia en la presentación del
    • Asimismo debe constar que se ha emitido criterio sobre los certificados de fs
    • Asimismo corresponde señalar –de acuerdo a los datos del proceso- que el Secretario solo recepcionó
    • Por lo expuesto corresponde, emitir Resolución en la forma prevista en el art
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
    • De conformidad a lo previsto en el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

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