II
II. Si la reclamación de nulidad hubiere sido planteada a tiempo de la apelación, se resolverá sobre ella, y sólo en caso de rechazarla, se pronunciará sobre los agravios de la apelación. Si se opta por la declaración de nulidad se dispondrá la devolución de obrados al inferior para que se tramite la causa a partir de los actos válidos, con responsabilidad al inferior de acuerdo a Ley.”, de la norma en cuestión se establece que el Tribunal de segunda instancia al momento de aplicar esta medida de anular obrados, deberá advertir si la misma ha sido reclamada en el recurso de apelación, y en caso de ser reclamada dicha solicitud deberá ser resuelta con prioridad a los reclamos de fondo, empero, como se expuso supra es viable disponer la misma, cuando se trate de un hecho que por su trascendencia vulnere el debido proceso con incidencia al derecho a la defensa
- Partes: Andrea Ramírez Daza. c/ Blanca Beatriz Dávalos Valda de Vaca Guzmán
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- A ese efecto refiere que en base a esa verdad procesal y fallando de una
- Contestación al recurso de casación
- Señala que el Auto de Vista ha obrado correctamente con la faculta establecido en
- En si refiere que el Auto de Vista es correcto al ordenar al inferior dictar
- III. DOCTRINA APLICABLE
- Sobre el tema el art
- II
- III.2.- De la nulidad en segunda instancia por incongruencia en la sentencia
- Tomando como parámetro lo referido, ante la existencia de una resolución de primera instancia incongruente
- Lo expuesto tiene su sustento en la búsqueda del fin principal de la administración de
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Resultando su reclamo vinculado de forma directa a la nulidad dispuesta en segunda instancia, corresponde
- Resultando en esencia este el fundamento corresponde referir que de acuerdo a lo delineado en
- Por lo expuesto, corresponde acoger lo denunciado por los recurrentes y emitir Resolución conforme a
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Sin responsabilidad por ser excusable
- En aplicación del art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
