Auto Supremo AS/0009/2018-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0009/2018-RI

Fecha: 18-Ene-2018

Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir Resolución en la forma prevista por los

Finalmente en cuanto a la adhesión interpuesta por Franz Edwin, Verónica, Willy y Eva todos ellos Nina Quispe, es propicio señalar que si bien esta – la adhesión- debe estar al resultado del recurso de casación, lo que implica que también resulta improcedente; sin embargo corresponde aclarar que los citados codemandados, al estar representados durante la tramitación del proceso por un Defensor de Oficio quien no interpuso recurso de apelación ni se adhirió al interpuesto por Lucía Quispe Chura, estos no gozan de legitimación procesal para interponer recurso de casación y en consecuencia tampoco para adherirse al mismo, tal como lo dispone el art. 272.II del Código Procesal Civil.
Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir Resolución en la forma prevista por los arts. 277.I y 220.I num. 4) del Código Procesal Civil