De igual forma se advierte que el recurrente, al margen de identificar la resolución impugnada,
De igual forma se advierte que el recurrente, al margen de identificar la resolución impugnada, es decir el Auto de Vista de fecha 21 de septiembre de 2017, que fue pronunciado dentro de un proceso familiar (declaración judicial de paternidad), iniciado en mayo de 2014; éste goza de plena legitimación procesal para interponer recurso de casación, toda vez que interpuso oportunamente recurso de apelación contra la Sentencia de primera instancia de fecha 04 de mayo de 2016, que dio lugar a la emisión de un Auto de Vista que REVOCA parcialmente la sentencia apelada, siendo en ese sentido permisible la interposición del recurso de casación contra la resolución de segunda instancia conforme al sistema de impugnación vertical concordante con lo dispuesto en el art. 395 del Código de las Familias y del Proceso Familiar
- Partes: Mónica Daniela Caballero Guzmán. c/ Gabriel Eduardo Crespo Balderrama
- Proceso: Familiar de declaración judicial de paternidad
- Distrito: Cochabamba
- CONSIDERANDO I
- Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por José Luis Montecinos Vargas en
- En el marco de lo preceptuado en el art
- Emitido el Auto de Vista de fecha 21 de septiembre de 2017 que cursa de
- De igual forma se advierte que el recurrente, al margen de identificar la resolución impugnada,
- II.2.- Análisis del contenido del recurso de casación
- Fundamentos estos que hacen admisible la consideración del recurso de casación referido, infiriéndose de consiguiente
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
