Auto Supremo AS/0338/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0338/2018

Fecha: 31-Oct-2018

faenas, obligando al empleador a pagarle una mayor remuneración, incurriendo de esta manera en

Continúa manifestando que debe efectuarse la interpretación del artículo 46 de la Ley General del Trabajo, concordante con los artículos 35 al 37 de su Decreto Reglamentario, tomando en cuenta que en principio no está permitido extender la jornada laboral, más allá de las ocho horas que fija la ley, puesto que la legislación y la doctrina, cuando se refieren a la protección del trabajador, lo hacen en este sentido, a efecto de permitirle un adecuado descanso y recuperación, luego de la jornada laboral. Existen también razones de orden material para imponer límites al desarrollo de labores, en las condiciones que se analiza, pues al pagarse el doble por hora extra, el trabajador podría realizar el menor esfuerzo durante las primeras ocho horas de trabajo, simplemente para justificar la necesidad de permanecer por más tiempo en su lugar de
faenas, obligando al empleador a pagarle una mayor remuneración, incurriendo de esta manera en altos costos, pero además falsos