En grado de apelación deducida por el demandado de fs
Auto de Vista.-
En grado de apelación deducida por el demandado de fs. 88 a 91, la Sala Primera de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista Nº 77/2017 de fecha 04 de abril de 2017 cursante de fs. 105 y vta., que CONFIRMA la sentencia impugnada
En grado de apelación deducida por el demandado de fs. 88 a 91, la Sala Primera de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista Nº 77/2017 de fecha 04 de abril de 2017 cursante de fs. 105 y vta., que CONFIRMA la sentencia impugnada
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- En grado de apelación deducida por el demandado de fs
- Ante la determinación del Auto de Vista, el demandado Empresa E
- Interpuesto el recurso de casación en la forma y fondo, el recurrente establece en su
- 2
- Por su parte, el demandante, habiendo sido legalmente notificado, contesta el recurso de casación interpuesto,
- -De los requisitos de la Sentencia y Auto de Vista
- Por otra parte, de acuerdo con el mandato del art
- De igual manera, corresponde señalar que, en materia laboral, el art
- -De la carga probatoria
- Textualmente estos artículos señalan: artículo 3
- Para el caso de autos, debemos considerar y valorar los extremos legales detallados líneas arriba,
- De la revisión del expediente se evidencia que, el recurrente no ha cumplido con las
- De igual manera, se evidencia que mediante memorial de fs
- Consiguientemente, corresponde fallar de acuerdo a las disposiciones contenidas en el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Con costas y costos
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
