Por otra parte, de acuerdo con el mandato del art
Por otra parte, de acuerdo con el mandato del art. 252. del mismo cuerpo legal, debemos aplicar el art. 218. del C.P.C., el cual en su parágrafo primero expresa: “El auto de vista es el fallo de segunda instancia que deberá cumplir con los requisitos de la sentencia en todo lo que fuere pertinente”
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- En grado de apelación deducida por el demandado de fs
- Ante la determinación del Auto de Vista, el demandado Empresa E
- Interpuesto el recurso de casación en la forma y fondo, el recurrente establece en su
- 2
- Por su parte, el demandante, habiendo sido legalmente notificado, contesta el recurso de casación interpuesto,
- -De los requisitos de la Sentencia y Auto de Vista
- Por otra parte, de acuerdo con el mandato del art
- De igual manera, corresponde señalar que, en materia laboral, el art
- -De la carga probatoria
- Textualmente estos artículos señalan: artículo 3
- Para el caso de autos, debemos considerar y valorar los extremos legales detallados líneas arriba,
- De la revisión del expediente se evidencia que, el recurrente no ha cumplido con las
- De igual manera, se evidencia que mediante memorial de fs
- Consiguientemente, corresponde fallar de acuerdo a las disposiciones contenidas en el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Con costas y costos
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
