Auto Supremo AS/0537/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0537/2018

Fecha: 02-Oct-2018

Contra el indicado Auto de Vista, Ramiro José Alborta Lara en representación del Gobierno Autónomo

II.- FUNDAMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN:
Recurso de casación.-
Contra el indicado Auto de Vista, Ramiro José Alborta Lara en representación del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, interpone recurso de casación, acusando:
Señala que el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, se vio obligado a realizar la resolución de contrato original a consecuencia de no haberse entregado el segundo producto y que a pesar del incumplimiento con lo pactado por parte de la entidad demandante, se les impone una fuerte suma de dinero, ocasionando un perjuicio a la gestión edil, siendo que se trata de un plan de trabajo para toda la gestión
Agrega que es el Tribunal quien debe determinar que se ejecuten las garantías de ley de acuerdo a Clausula Séptima, en razón a que la empresa no cumplió con el contrato, por lo que solicita se apliquen las multas conforme a las cláusulas Décima Quinta (MULTAS) y Décima Novena, incs. d, e y f, del contrato.
Señala que como Institución se ven vulnerados en sus derechos y principios consagrados en el art. 115, 232, 235 -1 y 2 de la Constitución Política del Estado, así como el art. 10 incisos a) y b) de la Ley 1178