Auto Supremo AS/0537/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0537/2018

Fecha: 02-Oct-2018

En cuanto a la cláusula décimo novena (incisos d, e y f), señala que el

En cuanto a la cláusula décimo novena (incisos d, e y f), señala que el contrato se extingue, entre otros, por “Resolución del contrato” emergente del acuerdo de partes y que tal acuerdo puede ser promovido a requerimiento de la Entidad contratante atribuyéndole responsabilidad al consultor en razón de: “d) Por incumplimiento en la iniciación del servicio, si emitida la orden de Proceder demora más de quince días calendario en movilizarse; e) Por incumplimiento en la movilización al servicio, del personal y equipo ofertados de acuerdo al cronograma y; f) Por incumplimiento injustificado del programa de prestación de servicios sin que el CONSULTOR aporte medidas necesarias y oportunas para para recuperar su demora y asegurar la conclusión del servicio dentro del plazo vigente”. Corresponde aclarara que éstas causales se encuentran pactadas en el punto 19.2.1.A de la citada cláusula décimo novena