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II. ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD:
1.- Se verifica ciertamente que el recurso, fue presentado ante el mismo Tribunal que emitió la resolución de vista y dentro el plazo de ocho días, previsto por el art. 210 del CPT, porque se notificó al recurrente el 29 de junio de 2018 (fs. 202), con el Auto de Vista que CONFIRMÓ la Sentencia y presentó el recurso objeto de análisis, el 10 de julio del mismo año (fs. 205-206), cumpliendo a cabalidad el art. 274-I-1 del CPC-2013
- Sucre, 29 de octubre de 2018
- Proceso: Cobro de beneficios sociales y otros
- Distrito: La Paz
- I.- CONSIDERACIONES LEGALES
- Mediante la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, se modificó la Disposición
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- Es decir el recurrente, afirma que no se valoró la prueba; empero no identificó los
- Todas estas omisiones, impiden a este Tribunal entrar al fondo del caso, para identificar y
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- No se regula el honorario profesional del abogado de la parte actora, por haber sido
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
