Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0580/2018
Fecha: 30-Oct-2018
Auto de Vista
Auto de Vista
-
Demandado:Gobierno Autónomo Municipal de Cobija
-
Magistrado Relator:Dr. Esteban Miranda Terán
-
Sentencia
-
Tramitado el proceso laboral, el Juez de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de
-
Auto de Vista
-
En grado de Apelación, promovido por los apoderados de la entidad municipal demandada (fs
-
Argumentos del recurso de casación
-
Afirma que no se aplicó el art 119 de la CPE, porque las partes en
-
Alega que el GAMC se encuentra al día con los pagos de aguinaldos, por consiguiente,
-
Respecto del pago del subsidio de frontera, afirma que el demandante, al ser consultor de
-
Petitorio
-
Contestación al recurso
-
Así expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo de fs
-
Por otra parte, se debe puntualizar que la legislación vigente y la jurisprudencia emitida por
-
En el caso presente se han alegado seis aspectos, que se desglosan de la siguiente
-
En el caso presente, pese a los argumentos contenidos en el recurso de casación, no
-
Respecto del tiempo trabajado y el pago del desahucio, se ha acreditado en el caso
-
Respecto del pago del aguinaldo y se demostró que al actor le corresponde dicho pago
-
Esta norma ha sido declarada Constitucional mediante la SC Nº 068/2004 de 13 de julio,
-
Por consiguiente, al haberse acreditado en el caso presente que el demandante se encontraba sujeto
-
Por otra parte, si bien en las consultorías, se acuerdan contractualmente las remuneraciones, se supondría
-
En el marco legal descrito, se establece que el Tribunal de Alzada no incurrió en
-
Sin costas en aplicación de los arts
-
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
Otros enlaces de interés: