Auto Supremo AS/0919/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0919/2018-RA

Fecha: 08-Oct-2018

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

Se emitieron la Sentencia 6/2016 de 29 de marzo (fs. 2316 a 2331 vta.), que fue anulada mediante Auto de Vista 78/2016 de 11 de julio (fs. 2770 a 2775) y el Auto Complementario 14/2016 de 18 de julio (fs. 2798 y vta.), que recurrido en casación, el Auto Supremo 41/2017-RRC de 24 de enero (fs. 2826 a 2830), declaró infundado el recurso; en cuyo mérito, mediante Sentencia 41/2017 de 10 de octubre (fs. 3683 a 3730), el Tribunal Segundo de Sentencia en lo Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró a: 1) María América Gareca Cardozo, culpable del delito de Homicidio en grado de Complicidad, previsto por el art. 251 con relación al art. 23 del CP, y en cumplimiento al art. 268 del Código Niño, Niña o Adolescente (CNNA), sancionando con la pena de dos años de reclusión; 2) Antonio Remigio Cuadros Bejarano, autor y responsable del delito de Homicidio, previsto y sancionado por el art. 251 del CP, imponiendo la pena de quince años de presidio; siendo ambos sancionados con costas, daños y perjuicios en favor de la víctima averiguables en ejecución de sentencia; y, 3) Darío Heber Gómez Márquez, absuelto del delito endilgado en su contra, disponiendo la cesación de las medidas cautelares impuestas