Auto Supremo AS/0938/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0938/2018

Fecha: 01-Oct-2018

CONSIDERANDO I

VISTOS: El recurso de casación de fs. 176 a 177, interpuesto por Efracio Canaviri Rojas y Martha Mamani Lazo contra el Auto de Vista Nº S - 361/2017 de 31 de Agosto cursante de fs. 174 a 175, pronunciado por la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso ordinario de resolución de contrato por incumplimiento, devolución del inmueble y reparación de daños y perjuicios seguido por Rosa Angélica Tola de Callisaya contra los recurrentes, la respuesta de fs. 179 a 180, la concesión de fs. 181, el Auto Supremo de Admisión de fs. 186 a 187, los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
El Juez Público Civil y Comercial de Partido de Trabajo S.S. y de Sentencia Penal Primero del Tribunal Departamental de Justicia de Chulumani –La Paz, pronunció la Sentencia Nº 02/2016 de 04 de marzo cursante de fs. 145 a 148 vta., declarando Probada la demanda sobre resolución de contrato por incumplimiento, devolución del inmueble y reparación de daños y perjuicio interpuesto por Rosa Angélica Tola de Callisaya, por la causal prevista en el Art. 568 y sgtes. del Código Civil, declarando la RESOLUCIÓN DEL CONTRATO POR INCUMPLIMIENTO de parte de los señores EFRACIO CANAVIRI ROJAS y MARTHA MAMANI LAZO, disponiendo que en el plazo de 15 días devuelva el inmueble objeto de Litis a la demandante quien devolverá la suma de $us. 8.000.- (Ocho mil 00/100 Dólares Americanos) otorgados a momento de la celebración del contrato de compra venta, que al incumplimiento de ambas prestaciones se pagara una multa de Bs.- 100 (Cien bolivianos 00/100) por cada día de retraso,
con Costas y pago de daños y perjuicios a favor de la demandante, que serán valorados en ejecución de Sentencia