En cuanto al segundo presupuesto, es decir estar privado del bien, las testificales de cargo
En cuanto al segundo presupuesto, es decir estar privado del bien, las testificales de cargo de fs. 123, 125, 127 y 129 son unánimes al determinar que el titular se encuentra privado del bien, en el mismo sentido las declaraciones de descargo de fs. 132 a 133, 135, 137 a 138 son coherentes en afirmar que la demandada esta poseyendo el bien en debate, lo cual es avalado en la inspección judicial, medios probatorios que merecen toda la eficacia jurídica estando acreditado este punto, sin dejar de lado lo expresado precedentemente cabe aclarar que este tópico, es decir que el demandante estaba desposeído no es tema de controversia, en el entendido que la demandada, en su memorial de contestación afirmó que vivía en el bien como emergencia de un contrato de arrendamiento y que realizó mejoras, ahora si ese fundamento era suficiente para avalar o mantener su posesión, es un tema que será analizado más adelante, y por último en cuanto a la ubicación y precisión del bien, no merece mayor debate debido a que las partes en ningún momento han controvertido este punto, al contrario están de acuerdo en cuanto a la ubicación del mismo
- Distrito: Cochabamba
- CONSIDERANDO I
- Contra la referida determinación Javier Antonio Pericon Bustos interpuso de casación de fs
- CONSIDERANDO II
- 2
- 3
- Que el demandante en su recurso sin ningún asidero legal afirma que su persona vive
- CONSIDERANDO III
- El art
- El autor Arturo Alessandri R
- Conforme lo señalado podemos advertir que el art
- En el Auto Supremo No 207/2016 de fecha 11 de marzo se orientó en cuanto
- Asimismo corresponde enfatizar algunos supuestos a presentarse dentro de la acción, puesto que cuando el
- En cambio, si la resistencia del demandado de reivindicación se reduce a la situación de
- III.2. Valoración de la prueba
- José Decker Morales en su obra Código de Procedimiento Civil comentarios y concordancia señala que:
- Así también, Víctor De Santo, en su obra “La Prueba Judicial” (Teoría y Práctica), indica:
- El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
- En este marco y en relación a lo dispuesto por el art
- Del contexto de su recurso de casación se advierte que el punto neurálgico trasunta en
- A los efectos de generar una argumentación jurídica clara y precisa, es esencial determinar cuál
- Lilian Yolanda Illanes por memorial de fs
- Calificado el proceso, posterior desfile y producción de pruebas, el Juez Publico en lo Civil
- Que por Auto de Vista de fs
- Teniendo en claro los hechos constitutivos de la pretensión y los fundamentos que sustentan a
- En cuanto a que el demandante sea propietario, del examen de los medios probatorios como
- En cuanto al segundo presupuesto, es decir estar privado del bien, las testificales de cargo
- De todo lo argumentado se advierte que el demandante ha cumplido con los presupuestos determinados
- En cuanto a la decisión de Segunda Instancia, tiene su base en la existencia de
- En base a los fundamentos expuestos corresponde casar en cuanto a la pretensión de acción
- Sin responsabilidad por ser excusable
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berrios Albizú.
