Auto Supremo AS/0394/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0394/2018

Fecha: 20-Nov-2018

En este contexto, determinar la base imponible tomando en cuenta información errada y sin

En este contexto, determinar la base imponible tomando en cuenta información errada y sin la correspondiente consideración de manera integral con otra documentación contable, es incorrecto, y este hecho hizo presumir a los miembros de la Administración Tributaria, hechos que no corresponden, considerando montos como base imponible, que no correspondían a compras de cuero; evidenciándose que no existió una determinación sobre base cierta, sino que la forma de determinación de la supuesta obligación tributaria debió basarse sobre base presunta, extremo que constituye una evidente contradicción, ya que la AT afirma haber efectuado la determinación sobre base cierta, aspectos que vician de nulidad el proceso de determinación, toda vez que la institución demandada, debió considerar la documentación e información existente, realizando un análisis integral de todas las cuentas e información contable, ya que en caso de no contar con toda la información contable, el sujeto activo debió fundar en el acto administrativo impugnado (RD) y en la Vista de Cargo, el empleo del método sobre base presunta, conforme establece el art. 44 de la Ley N° 2492, que prevé que la AT, podrá determinar la base imponible sobre base presunta, cunando no posea los datos necesarios para su determinación sobre base cierta por no haberlos proporcionado el sujeto pasivo, consecuentemente la presunción de la existencia de obligaciones pendientes, no se encuentra debidamente fundamentada en base a la normativa citada, viciando de nulidad la determinación efectuada hasta la vista de cargo, por lo que corresponde a la AT, subsanar tal situación, debiendo tomar en cuenta para tal efecto, lo previsto en el art. 45 de la Ley Nº 2492 (CTB)