I.- Argumentos del recurso de compulsa
VISTOS: El recurso de compulsa interpuesto por Claudio Marcelo Cortez Castellón, en representación de la Empresa VICOR S.R.L. de fs. 16 a 20 de obrados, dentro del proceso laboral por cobro de beneficios sociales seguido por Luis Velásquez Romero, los antecedentes adjuntos, y:
I.- Argumentos del recurso de compulsa:
Por memorial de fs. 16 a 20 de obrados, Claudio Marcelo Cortez Castellón, en representación de la Empresa VICOR S.R.L., interpuso recurso de compulsa contra el Auto de 12 de septiembre de 2018, cursante a fs. 221 del testimonio remitido en fotocopias legalizadas, emitido por Vocales de la Sala Primera en Materia de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por el que se rechazó el Recurso de Casación interpuesto por el indicado representante, contra el Auto de Vista Nº 111 de 09 de agosto de 2018, señalando que el rechazo del recurso de casación, tiene varias e inusuales anomalías, afectando por ello el derecho a la defensa y al debido proceso, toda vez que dicho recurso de casación se interpuso de acuerdo a lo estipulado por el art. 273 del Cod. Procesal Civil, que dispone que el recurso de casación se interpone en un plazo de 10 días, encontrándose protegido su derecho para interponer el recurso en la normativa Constitucional en su art. 188-II
I.- Argumentos del recurso de compulsa:
Por memorial de fs. 16 a 20 de obrados, Claudio Marcelo Cortez Castellón, en representación de la Empresa VICOR S.R.L., interpuso recurso de compulsa contra el Auto de 12 de septiembre de 2018, cursante a fs. 221 del testimonio remitido en fotocopias legalizadas, emitido por Vocales de la Sala Primera en Materia de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por el que se rechazó el Recurso de Casación interpuesto por el indicado representante, contra el Auto de Vista Nº 111 de 09 de agosto de 2018, señalando que el rechazo del recurso de casación, tiene varias e inusuales anomalías, afectando por ello el derecho a la defensa y al debido proceso, toda vez que dicho recurso de casación se interpuso de acuerdo a lo estipulado por el art. 273 del Cod. Procesal Civil, que dispone que el recurso de casación se interpone en un plazo de 10 días, encontrándose protegido su derecho para interponer el recurso en la normativa Constitucional en su art. 188-II
- Demandante:Claudio Marcelo Cortez Castellón, en representación de la Empresa VICOR S.R.L
- Demandado: Vocales de la Sala Primera en materia de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal
- Departamento: Santa Cruz
- Magistrada Tramitadora Dra. María Cristina Díaz Sosa
- I.- Argumentos del recurso de compulsa
- En consecuencia de los antecedentes y motivos expuestos, bajo la tutela del art
- De la revisión de los antecedentes adjuntos al recurso de compulsa, se evidencia lo siguiente
- Esta determinación fue impugnada mediante recurso de casación, promovido por el representante de la empresa
- El recurso de compulsa, previsto por el art
- En el caso presente se alega que se hubiese negado de manera indebida el recurso
- Por consiguiente, en el caso presente, el compulsante, pretendió aplicar al cómputo del recurso de
- El recurso de casación, en el caso de autos, se presentó de manera extemporánea, pues
- Por ello se concluye que el Tribunal de alzada, aplicó de manera correcta, las previsiones
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- En aplicación del art
- Interviene en la suscripción del presente Auto, el Magistrado Ricardo Torres Echalar, de la Sala
- Regístrese y notifíquese.
