Auto Supremo AS/0965/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0965/2018

Fecha: 05-Nov-2018

La jurisdicción ordinaria entre los principios procesales en los que se funda, contempla la impugnación,


III. ANÁLISIS DEL RECURSO DE COMPULSA

La jurisdicción ordinaria entre los principios procesales en los que se funda, contempla la impugnación, así lo establece expresamente la Constitución Política del Estado en el art. 180.II; sin embargo, debe entenderse que dicho derecho no es absoluto, pues el mismo, conforme preceptúa el art. 109.II de la referida norma suprema, se halla regulado por ley; en la materia que nos compete, por las normas del Código de Procedimiento Penal; es decir, que el derecho de impugnación se encuentra sujeto al cumplimiento de ciertos requisitos previstos por la norma especial de cada materia, en ese entendido la norma Adjetiva Penal en el Libro Tercero, contempla los recursos que pueden ser interpuestos en la materia, especificando que los mismos son: i) Reposición, ii) Apelación incidental, iii) Apelación restringida; y, iv) Recurso de casación