Auto Supremo AS/0989/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0989/2018-RRC

Fecha: 07-Nov-2018

La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta por el Auto de Vista impugnado, emitido por


La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta por el Auto de Vista impugnado, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró procedente el recurso interpuesto por el recurrente, anula la Sentencia impugnada y ordena reposición de juicio por otro Tribunal a quo, conforme a lo siguiente:

El Tribunal de alzada refiere que el Tribunal de Sentencia, incurrió en inobservancia y errónea aplicación de la ley pena sustantiva, conforme lo previsto en el art. 370 inc. 1) del CPP, cuando el Tribunal a quo de manera extemporánea decide excluir las pruebas periciales consistentes en los informes psicológico y social que fueron obtenidos en la etapa preliminar. Estos actos de investigación fueron de conocimiento del acusado y el no seguimiento de los pasos procedimentales, debieron ser observados en su oportunidad a través de los incidentes de exclusión probatoria ante el Juez de Instrucción Cautelar; sin embargo, al no realizarlo en esta etapa procesal, dejaron precluir su derecho a impugnar las pruebas, no siendo viable retrotraer el proceso. En este sentido, el Tribunal a quo al excluido las pruebas periciales P.P.2 y P.P.3, ha procedido de forma extemporánea y sin ningún fundamento, debido a que se han cumplido con los pasos previos en los arts. 205, 209 y 213 del CPP, así dichas pruebas debieron ser introducidas y judicializadas por su lectura al juicio oral conforme el art. 333 del CPP. En consecuencia, se ha provocado una insuficiente fundamentación de la Sentencia, al no cumplir con las exigencias de los arts. 124 y 360 incs. 1), 2) y 3) del CPP