Auto Supremo AS/1007/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1007/2018-RA

Fecha: 07-Nov-2018

En el segundo motivo, reclama que el Auto de Vista impugnado no ha respondido su


Al respecto, se evidencia que el recurrente invocó en calidad de precedente contradictorio el Auto Supremo 329/2006 de 29 de agosto; sin embargo, no establece la contradicción de los hechos símiles, incumpliendo con el requisito que constituye carga procesal para quien recurre de efectuar la debida fundamentación sobre la existencia de precedentes contradictorios entre la resolución judicial impugnada con otros precedentes consistentes en Autos Supremos emitidos por la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia o Autos de Vista pronunciados por los Tribunales Departamentales de Justicia, los cuales deben ser invocados y expuestos de forma clara y precisa, a partir de la comparación de hechos similares y de las normas aplicadas con sentidos jurídicos diversos; especificando en qué consisten los defectos del pronunciamiento impugnado, las disposiciones inobservadas o erróneamente aplicadas, cuáles serían los preceptos que debieran aplicarse y la solución pretendida. Por lo que no cumplió con los requisitos establecidos en los arts. 416 y 417 del CPP y desarrollados en el acápite III inc. ii) de la presente resolución.

En el segundo motivo, reclama que el Auto de Vista impugnado no ha respondido su observación por cuanto es manifiesta la ausencia de fundamento y contradicción de la Sentencia y ausencia de un elemento tan importante que es la posesión