CONSIDERANDO I
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 1075/2018
Fecha: 01 de noviembre de 2018
Expediente: LP-22-18-S
Partes: Félix Choque Aliaga c/ Angélica Choque Aliaga y otros.
Proceso: Reivindicación, pago de daños y perjuicios.
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación en la forma que cursa de fs. 503 a 505 y vta., del cuaderno procesal, planteado por Angélica Choque Aliaga, Roberto Tarquino Choque y Diego Tarquino Choque, impugnando el Auto de Vista Nº 480/2017 de 6 de noviembre (fs. 500 a 501vta.), pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso civil ordinario de reivindicación más pago de daños y perjuicios que sigue Félix Choque Aliaga contra los recurrentes, la concesión de fs. 560, el Auto Supremo de admisión de fs. 566 a 567 vta., de obrados y todo lo inherente:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1. Félix Choque Aliaga con memorial cursante de fs. 7 a 8, interpuso demanda de reivindicación más pago de daños y perjuicios, en contra de Angélica Choque Aliaga, Roberto Tarquino Choque y Diego Tarquino Choque, de quienes los dos últimos opusieron excepción de obscuridad e imprecisión, declarada improbada por Auto Interlocutorio Nº 401/2013 de 31 de octubre, (fs. 31 y vta.), trámite que culminó con la Sentencia de fs. 423 a 425, declarando probada en parte la demanda respecto a la reivindicación e improbada en relación a los daños y perjuicios
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 1075/2018
Fecha: 01 de noviembre de 2018
Expediente: LP-22-18-S
Partes: Félix Choque Aliaga c/ Angélica Choque Aliaga y otros.
Proceso: Reivindicación, pago de daños y perjuicios.
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación en la forma que cursa de fs. 503 a 505 y vta., del cuaderno procesal, planteado por Angélica Choque Aliaga, Roberto Tarquino Choque y Diego Tarquino Choque, impugnando el Auto de Vista Nº 480/2017 de 6 de noviembre (fs. 500 a 501vta.), pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso civil ordinario de reivindicación más pago de daños y perjuicios que sigue Félix Choque Aliaga contra los recurrentes, la concesión de fs. 560, el Auto Supremo de admisión de fs. 566 a 567 vta., de obrados y todo lo inherente:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1. Félix Choque Aliaga con memorial cursante de fs. 7 a 8, interpuso demanda de reivindicación más pago de daños y perjuicios, en contra de Angélica Choque Aliaga, Roberto Tarquino Choque y Diego Tarquino Choque, de quienes los dos últimos opusieron excepción de obscuridad e imprecisión, declarada improbada por Auto Interlocutorio Nº 401/2013 de 31 de octubre, (fs. 31 y vta.), trámite que culminó con la Sentencia de fs. 423 a 425, declarando probada en parte la demanda respecto a la reivindicación e improbada en relación a los daños y perjuicios
- CONSIDERANDO I
- II.1. Del recurso de casación en la forma
- Del resumen del recurso se extrae el agravio siguiente
- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Continuando en el Auto Supremo Nº 1169/2016 de 7 de octubre, sobre la omisión
- III.2. Los principios de eficacia y eficiencia en la práctica forense
- El precepto Constitucional invocado fue desarrollado en la Ley del Órgano Judicial, concretamente en el
- Sin responsabilidad por ser excusable
- En aplicación del art
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
