II.1. Del recurso de casación en la forma
I.2. Ante su insatisfacción con dicho fallo, ambas partes recurrieron en apelación, motivando la emisión del Auto de Vista Nº 480/2017 de 6 de noviembre, cursante de fs. 500 a 501 vta., que declaró inadmisible ambos recursos y confirmo la Sentencia, con el fundamento principal, que los apelantes se limitaron a desarrollar una relación fáctica de los actos procesales acontecidos y no cuestionaron los fundamentos de la resolución recurrida; es decir, sus apelaciones carecerían de agravios.
Señaló también que el Juez sostuvo en Sentencia que no hay lugar a los daños y perjuicios porque el demandante de forma voluntaria y solidaria entregó el inmueble a su hermana-demandada.
En ese contexto histórico procesal se analiza el recurso de casación:
CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU CONTESTACIÓN
II.1. Del recurso de casación en la forma
Señaló también que el Juez sostuvo en Sentencia que no hay lugar a los daños y perjuicios porque el demandante de forma voluntaria y solidaria entregó el inmueble a su hermana-demandada.
En ese contexto histórico procesal se analiza el recurso de casación:
CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU CONTESTACIÓN
II.1. Del recurso de casación en la forma
- CONSIDERANDO I
- II.1. Del recurso de casación en la forma
- Del resumen del recurso se extrae el agravio siguiente
- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Continuando en el Auto Supremo Nº 1169/2016 de 7 de octubre, sobre la omisión
- III.2. Los principios de eficacia y eficiencia en la práctica forense
- El precepto Constitucional invocado fue desarrollado en la Ley del Órgano Judicial, concretamente en el
- Sin responsabilidad por ser excusable
- En aplicación del art
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
