CONSIDERANDO I
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 228 a 230, interpuesto por Leandro Suarez contra el Auto de Vista N° 360 de 24 de octubre de 2017 corriente de fs. 224 a 225, pronunciado por la Sala Civil, Familiar, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso de reivindicación, desocupación y entrega de bien inmueble seguido por Irma Suarez Castedo contra el ahora recurrente, la contestación de fs. 233 y vta., Auto de concesión del recurso de fs. 234, Auto Supremo de Admisión 47/2018-RA de 14 de febrero cursante de fs. 239 a 240., los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1.- Planteada la demanda de reivindicación, desocupación y entrega de inmueble, la cual fue contestada y reconvenida por mejor derecho de propiedad, se tiene que la Juez A quo, mediante la Sentencia N° 84 de 23 de septiembre de 2015 (fs. 167 a 168 vta.), declaró PROBADA la demanda principal en atención al acervo probatorio producido
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 228 a 230, interpuesto por Leandro Suarez contra el Auto de Vista N° 360 de 24 de octubre de 2017 corriente de fs. 224 a 225, pronunciado por la Sala Civil, Familiar, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso de reivindicación, desocupación y entrega de bien inmueble seguido por Irma Suarez Castedo contra el ahora recurrente, la contestación de fs. 233 y vta., Auto de concesión del recurso de fs. 234, Auto Supremo de Admisión 47/2018-RA de 14 de febrero cursante de fs. 239 a 240., los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1.- Planteada la demanda de reivindicación, desocupación y entrega de inmueble, la cual fue contestada y reconvenida por mejor derecho de propiedad, se tiene que la Juez A quo, mediante la Sentencia N° 84 de 23 de septiembre de 2015 (fs. 167 a 168 vta.), declaró PROBADA la demanda principal en atención al acervo probatorio producido
- Fecha: 01 de noviembre de 2018
- Partes: Irma Suarez Castedo c/ Leandro Suarez
- Proceso: Reivindicación, desocupación y entrega de bien inmueble
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- 4
- CONSIDERANDO II
- b)Que a fs
- c)La demandante tiene doble inscripción de nacimiento en el Servicio de Registro Cívico conforme a
- d)El informe pericial (fs
- e)Que vive desde hace 30 años en el inmueble objeto de la litis, aspecto que
- f)La demandante nunca estuvo en posesión del bien inmueble, no siendo aplicable el art
- Finalmente, impetró que se case el Auto de Vista N° 360 de 24 de octubre
- El demandado contestó negativamente el recurso de casación señalando que no cuenta con los suficientes
- En su petitorio, la demandante a tiempo de responder al recurso en estudió, solicitó se
- CONSIDERANDO III
- En virtud a lo anterior y sus características singulares, la resolución de cada una también
- Establecido lo anterior, queda claro que el recurso de casación en sus dos formas (fondo
- En el marco establecido por el fundamento del recurso en análisis, su contestación y la
- Respecto a que no se valoró la certificación emitida por el Juzgado de Instrucción de
- Por otra parte, sobre que a fs
- Sobre que la demandante tiene doble inscripción de nacimiento en el Servicio de Registro Cívico
- En lo que respecta al informe pericial (fs
- Finalmente, la posesión del inmueble objeto de la litis alegada por el ahora recurrente no
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
