En mérito a lo examinado se hace innecesario considerar los demás requisitos de admisibilidad previstos
En mérito a lo examinado se hace innecesario considerar los demás requisitos de admisibilidad previstos en el art. 274 de la Ley Nº 439
- Partes: Freddy Javier Flores Zamuriano. c/ Encarnación Carrasco Nava Vda. de Torres y otros
- Proceso: Ordinario división y partición
- Distrito: Chuquisaca
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- CONSIDERANDO III
- El Auto Supremo Nº 272/2017 de 10 de marzo, ha orientado sobre el tema al
- Sobre el tema el art
- Partiendo de dicho argumento, se debe entender que cuando el Legislador ha establecido la procedencia
- Y a los efectos de tener un entendimiento certero se debe aclarar que se entiende
- Valga aclarar que lo expuesto no resulta una regla absoluta, en el entendido que el
- III.2. De los Autos de carácter definitivo y Autos interlocutorios simples
- En relación a la interpretación de las citadas normas, “Al respecto diremos que los autos
- En cambio, los Autos interlocutorios definitivos son Resoluciones que cortan todo procedimiento ulterior del juicio
- En ese mismo sentido el Auto Supremo Nº 380/2013 de 22 de julio, ha señalado
- CONSIDERANDO IV
- En ese entendido, el Tribunal de apelación debió denegar la concesión del recurso de casación
- En mérito a lo examinado se hace innecesario considerar los demás requisitos de admisibilidad previstos
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
