Sin embargo, conforme se tiene anotado en los fundamentos del Auto de Vista recurrido, si
Sin embargo, conforme se tiene anotado en los fundamentos del Auto de Vista recurrido, si bien los vocales de Sala, expresan referencias afirmativas que demuestran aprobación de los fundamentos expuestos por la Juez de primera instancia, no exponen los fundamentos y los motivos por los cuales consideran que es procedente reconocer a favor del actor el pago de aguinaldos, vacaciones y bono de antigüedad o porque el Tribunal de alzada no tiene competencia para pronunciarse sobre cuestiones de índole procesal que no fueron planteadas oportunamente, cuando incluso los demandados en el recurso de apelación interpuesto afirman haber realizado el reclamo oportuno, o de igual manera porque el Tribunal de apelación, considera que los demandados incumplieron el principio de inversión de la prueba; sin que se haya realizado el mínimo esfuerzo intelectivo con la finalidad de exponer la motivación y el convencimiento al que se llegaba, y sin considerar que de conformidad con los arts. 3.j y 158 del CPT, nos encontramos en un sistema de libre convicción o sana critica en la valoración de la prueba, el cual exige con garantía del mismo sistema, la fundamentación de la resoluciones judiciales
- Tramitado el proceso laboral por el pago de beneficios sociales seguido por Jorge Cleto Cruz
- Interpuestos los recursos de apelación cursantes a fs
- Ante la determinación del Auto de Vista, Hugo Robles Ordoñez en representación legal de Jorge
- Interpuestos los recursos de casación en el fondo, se tienen los siguientes argumentos
- Indica que otro aspecto observado es el relativo al salario mínimo nacional, el que asciende
- Por último el recurrente denuncia en el recurso de casación interpuesto, que en la liquidación
- En conclusión, solicita al Tribunal Supremo de Justicia, que CASE el auto de Vista recurrido
- 2
- Los recurrentes acusan la vulneración a la garantía del debido proceso, reconocida en los arts
- Agrega que nunca existió relación laboral entre el demandante y su padre, quien habría fallecido
- Los recursos de casación interpuestos, fueron contestados conforme cursa a fs
- DEL FALLO
- En esa línea la SCP N° 0043/2014 de 3 de enero, en relación a la
- A ello, la SCP No 0043/2014 en referencia, concluye que bajo el nuevo entendimiento asumido
- La fundamentación y motivación como componente del derecho al debido proceso
- Entre los componentes primordiales que rigen el debido proceso como derecho y garantía constitucional de
- Facultad revisora del Tribunal de Casación, ante la existencia de vicios procesales que implique vulneración
- Corresponde entonces precisar que, la revisión de oficio no debe ser entendida como una potestad
- Partiendo de dichos principios, debe entenderse que no todo vicio procesal por sí mismo constituye
- El art
- IV: ANALISIS DEL CASO EN CONCRETO
- En antecedentes se observa que, Hugo Robles Ordoñez en representación legal de Jorge Cleto Cruz
- Idéntica actitud procesal asumen los demandados Erika Salvatierra Montenegro y Marco Antonio Salvatierra Méndez, herederos
- Del análisis del Auto de Vista impugnado, y de la transcripción de los fundamentos anotados
- Este Tribunal, es consciente conforme a los fundamentos jurídicos del presente fallo, que la fundamentación
- Sin embargo, conforme se tiene anotado en los fundamentos del Auto de Vista recurrido, si
- En el caso de autos, era necesario para satisfacer la fundamentación y la motivación, como
- Estos hechos, eximen analizar a este Tribunal los demás agravios del recurso de casación, que
- POR TANTO: La Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- No siendo excusable el error que se observa en los vocales del Tribunal de alzada,
- Por Secretaría de Sala cúmplase lo dispuesto por el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
