Auto Supremo AS/0741/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0741/2018

Fecha: 12-Dic-2018

Sin embargo, conforme se tiene anotado en los fundamentos del Auto de Vista recurrido, si

Sin embargo, conforme se tiene anotado en los fundamentos del Auto de Vista recurrido, si bien los vocales de Sala, expresan referencias afirmativas que demuestran aprobación de los fundamentos expuestos por la Juez de primera instancia, no exponen los fundamentos y los motivos por los cuales consideran que es procedente reconocer a favor del actor el pago de aguinaldos, vacaciones y bono de antigüedad o porque el Tribunal de alzada no tiene competencia para pronunciarse sobre cuestiones de índole procesal que no fueron planteadas oportunamente, cuando incluso los demandados en el recurso de apelación interpuesto afirman haber realizado el reclamo oportuno, o de igual manera porque el Tribunal de apelación, considera que los demandados incumplieron el principio de inversión de la prueba; sin que se haya realizado el mínimo esfuerzo intelectivo con la finalidad de exponer la motivación y el convencimiento al que se llegaba, y sin considerar que de conformidad con los arts. 3.j y 158 del CPT, nos encontramos en un sistema de libre convicción o sana critica en la valoración de la prueba, el cual exige con garantía del mismo sistema, la fundamentación de la resoluciones judiciales