Auto de Vista
Planteada la demanda social de pago de beneficios sociales y derechos laborales por Noemí Cuellar Roca, y tramitado el proceso, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de Cobija, pronunció la Sentencia Nº 223/017 de 15 de mayo de 2017, de fs. 77 a 80, donde declara probada en parte la demanda de fs. 27 a 30, e improbada la excepción perentoria de prescripción opuesta; disponiendo que el Gobierno Municipal demandado cancele a favor de la actora, la suma de Bs.52.117.- (cincuenta y dos mil ciento diecisiete 00/100 bolivianos), por concepto de beneficios sociales y derechos laborales detallados en ese fallo.
Auto de Vista
Auto de Vista
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Auto de Vista
- En conocimiento de la Sentencia, la actora mediante memorial de fs
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, el GAM de Cobija, formuló recurso de casación,
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- Otra vulneración, resultaría por que se pretende definir en una Sentencia y un Auto de
- Petitorio
- Interpuesto el recurso de casación, solicita se case o modifique el Auto de Vista recurrido
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación en el fondo, es necesario realizar las
- Asimismo, la nulidad constituye una medida de última ratio, de tal modo que su aplicación
- Sobre este aspecto, Gonzalo Castellanos Trigo, en “Código de procedimiento civil: comentado, concordado, doctrina, jurisprudencia,
- Esta omisión por parte del Tribunal de alzada, que acarrea el incumplimiento o inaplicación de
- No siendo excusable el error cometido, se impone la multa de Bs
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
