Auto Supremo AS/0787/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0787/2018

Fecha: 20-Dic-2018

No siendo excusable el error cometido, se impone la multa de Bs

POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, ANULA obrados hasta el decreto de 21 de julio de 2017, de fs. 111, disponiendo que el Tribunal de alzada, antes de emitir el Auto de Vista, se pronuncie de manera expresa, sobre la admisibilidad o rechazo de la prueba presentada en la apelación de la parte actora, conforme corresponda en derecho, previo trámite previsto para ello.
Se llama la atención al Tribunal ad quem, recomendándole tenga mayor cuidado con los actos procesales que debe llevar conforme al estado del proceso, y tenga mayor atención en cuanto la aplicación de la normativa procesal, para evitar nulidades que afecten la celeridad del proceso.
No siendo excusable el error cometido, se impone la multa de Bs. 150.- (ciento cincuenta 00/150 Bolivianos) a cada uno de los Vocales del Tribunal Ad quem, por la manifiesta inobservancia