En el expediente cursan documentos, algunos expedidos por la CNS y otros presentados por la
El anterior detalle de los meses certificados y no certificados, plasmado en las resoluciones emitidas por el ente gestor, nos lleva a colegir que, el SENASIR no toma en cuenta, los certificados emitidos por el Sindicato de Omnibuses Bustillo de fs. 45 y 81; que al margen de establecer que la señora Filomena Sejas Delgado de Fajardo trabajó para ese sindicato desde el 1 de septiembre de 1981 hasta el 30 de abril de 2001, aclaraban que la asegurada Filomena Sejas Delgado y Lucy Sejas de Fajardo, eran la misma persona y que existía un error en el número de asegurado, siendo el correcto 54-5920-SDF; porque, es la propia asegurada quien señaló, que la empresa ya no estaba en funcionamiento.
En el expediente cursan documentos, algunos expedidos por la CNS y otros presentados por la asegurada, los que evidencian el error en el nombre de la asegurada y en su fecha de nacimiento, refiriéndonos concretamente a los documentos de fs. 1, 2, 4, 18, 21, 45, 47, 63, 64, 71, 72, 79, 80, 102-114 y 158
En el expediente cursan documentos, algunos expedidos por la CNS y otros presentados por la asegurada, los que evidencian el error en el nombre de la asegurada y en su fecha de nacimiento, refiriéndonos concretamente a los documentos de fs. 1, 2, 4, 18, 21, 45, 47, 63, 64, 71, 72, 79, 80, 102-114 y 158
- Iniciado el trámite de Compensación de Cotizaciones (CC) Procedimiento Manual por Filomena Sejas Delgado, el
- La asegurada presenta recurso de reclamación contra la Resolución Nº 3995, que le otorgó una
- En apelación interpuesta por la asegurada, la Sala Primera Social y Administrativa, Contenciosa y Contencioso-Administrativa
- Contra el Auto de Vista, la entidad gestora formula recurso de casación en el fondo,
- Los datos del expediente demuestran una inconsistencia de identidad de la señora Filomena Sejas Delgado
- Argumenta, que el Tribunal de alzada transgrede el art
- Refiere que el Auto de Vista, hace referencia al Principio de Verdad Material, principio que
- Solicita que el Tribunal Supremo de Justicia previa deliberación en el fondo, Case el Auto
- La Seguridad Social en Bolivia ha tenido una serie de transformaciones o cortes, es así
- Principio reconocido en el art
- En el Estado Constitucional de Derecho, vigente en nuestro país desde el 7 de febrero
- Previa revisión y análisis de toda la documentación que cursa en archivos del ente gestor
- En el expediente cursan documentos, algunos expedidos por la CNS y otros presentados por la
- Por estas razones, el argumento expuesto por el ente gestor, señalando que existe una interpretación
- En este sentido, debemos referirnos al principio de verdad material y contrastarlo con las disposiciones
- A mayor fundamento, debemos señalar que el art
- Sin perjuicio de reconocer los aportes del periodo septiembre/1981 a septiembre/1984, pero bajo la utilización
- Los argumentos esgrimidos, demuestran no ser ciertas las vulneraciones alegadas por el ente gestor, evidenciándose
- De lo analizado, corresponde a este Tribunal aplicar la disposición comprendida en el art
- POR TANTO
- Sin costas en aplicación de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
