Sin perjuicio de reconocer los aportes del periodo septiembre/1981 a septiembre/1984, pero bajo la utilización
Sin perjuicio de reconocer los aportes del periodo septiembre/1981 a septiembre/1984, pero bajo la utilización de documentación supletoria, concretamente, por los formularios de afiliación y baja de la CNS y finiquitos; debemos dejar constancia que, el art. 12 del Decreto Ley (DL) Nº 13214 de 24 de diciembre de 1975, utilizado por el ente gestor para acreditar este periodo de aportes; fue derogado por el art. 4 del DS Nº 25714 de 23 de marzo de 2000
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- Los datos del expediente demuestran una inconsistencia de identidad de la señora Filomena Sejas Delgado
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- Previa revisión y análisis de toda la documentación que cursa en archivos del ente gestor
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- Por estas razones, el argumento expuesto por el ente gestor, señalando que existe una interpretación
- En este sentido, debemos referirnos al principio de verdad material y contrastarlo con las disposiciones
- A mayor fundamento, debemos señalar que el art
- Sin perjuicio de reconocer los aportes del periodo septiembre/1981 a septiembre/1984, pero bajo la utilización
- Los argumentos esgrimidos, demuestran no ser ciertas las vulneraciones alegadas por el ente gestor, evidenciándose
- De lo analizado, corresponde a este Tribunal aplicar la disposición comprendida en el art
- POR TANTO
- Sin costas en aplicación de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
